AVISO DE SOLICITUD DE LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN EN LAS MODALIDADES DE OBRA NUEVA Y DEMOLICIÓN TOTAL
LA SUSCRITA CURADORA URBANA N° 3 DE BOGOTÁ D.C.,
Hace saber que ante la imposibilidad de conocer la existencia de HEREDEROS CON IGUAL O MEJOR DERECHO QUE EL de el/la/los señores(a)/(es) GUTIERREZ CALA LINA MARIA, GUTIERREZ CALA JAIME ANDRES y GUTIERREZ LUQUE JAIME HUMBERTO, sobre la propiedad que le correspondió en vida a CALA ARENAS LUZ ELENA respecto al predio ubicado en la CL 77 20 B 19 (ACTUAL), DEMÁS TERCEROS INTERESADOS,
RESUELVE:
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.6.1.2.1.5 y 2.2.6.1.2.2.1,comunicar por aviso a los HEREDEROS CON IGUAL O MEJOR DERECHO y DEMÁS TERCEROS INTERESADOS, que el de el/la/los señor(a)/(es) GUTIERREZ CALA LINA MARIA, GUTIERREZ CALA JAIME ANDRES y GUTIERREZ LUQUE JAIME HUMBERTO, sobre el predio ubicado en la CL 77 20 B 19 (ACTUAL), mediante la solicitud radicada bajo el N° 11001- 3-23-2293 del 11 de diciembre de 2023, solicitaron Licencia de Construcción en las modalidades de Obra Nueva y Demolición Total para los usos de Residencial Multifamiliar / Comercio y Servicios Básicos Escala Tipo 1.
- Emplazar por medio de esta comunicación a los HEREDEROS CON IGUAL O MEJOR DERECHO y DEMÁS TERCEROS INTERESADOS, sobre la propiedad que le correspondió en vida a CALA ARENAS LUZ ELENA, para que se hagan parte dentro del trámite y puedan hacer valer sus derechos en caso que consideren que los mismos se pueden afectar con el trámite de solicitud de Licencia de Construcción en las modalidades de Obra Nueva y Demolición Total, mediante el escrito correspondiente en la sede de la Curaduría Urbana No. 3 de Bogotá D.C., ubicada en Calle 97 13 55, en el horario de 7:00 a.m. a 4:00 pm, hasta antes de la expedición del acto administrativo que resuelva la solicitud. 3. Publicar el presente aviso en la página web de la entidad. Arq. JUANA SANZ MONTAÑO, Curadora Urbana No. 3 de Bogotá D.C.
Fecha de publicación: 12 de marzo de 2024